La yenka, canción del verano de 1965, popular en su momento, sin ser de calidad ni encerrar mensaje alguno, pero sí mucho ritmo, pegadizo, contagioso, famosa por su baile repetitivo de pequeños saltos laterales y frontales. Muy fácil de seguir con solo escuchar su letra. Letra que se adapta como anillo al dedo al comportamiento de este Gobierno: “Izquierda, izquierda, derecha, derecha, adelante, detrás, un, dos, tres”.
En veinticuatro horas pueden cambar de opinión. Lo que dijeron antes no es lo mismo que lo que dicen ahora. Todo depende de por dónde sople el viento, de las conveniencias electorales o de las alianzas. Los ejemplos serían infinitos, pero quedémonos con el último lance, el llamado impuesto de las grandes fortunas. En realidad, la creación de esta figura tributaria ha sido una constante demanda de Podemos, pero tantas veces como la ha propuesto otras tantas ha sido rechazada por la parte mayoritaria del Gobierno.
Pero, he aquí, ¡oh, milagro!, que de pronto aparece la número dos del PSOE, por accidente ministra de Hacienda, y asegura que se va a implantar el próximo uno de enero, porque, según dice, en el Ministerio llevan semanas trabajando en ello en silencio. Tan en silencio, que dentro de Hacienda nadie se había percatado. En realidad, no es nada extraño, casi normal. Son ya muchas las veces que los servicios del Ministerio o de la Agencia Tributaria se ven obligados a arreglar los entuertos, anunciados sin encomendarse a Dios ni al diablo por Sánchez o algunos de sus ministros.
Resulta bastante evidente que el anuncio de la ministra se ha hecho al rebufo de la palabrería de Escrivá sobre la recentralización de los distintos impuestos en el Estado, reacción a su vez al anuncio de las modificaciones fiscales propuestas por el presidente de Andalucía. Las declaraciones del ministro de Seguridad Social originaron suspicacias en los aliados independentistas de Sánchez, especialmente en el PNV, porque sería difícil hablar de armonización sin considerar la situación del País Vasco.
No obstante, el impuesto sobre las grandes fortunas, al tratarse de un nuevo gravamen, difícilmente serviría para armonizar la fiscalidad de las distintas Comunidades Autónomas. Se superpondría a los tributos autonómicos. Ocurriría exactamente lo mismo que con el ingreso mínimo vital, que simplemente incrementó el desbarajuste existente.
Siempre que se ha hablado de este impuesto he mostrado mis reticencias. Desconfío de los nuevos impuestos, ya que habitualmente se termina haciendo chapuzas. En la hacienda pública está casi todo inventado. En esta ocasión ya existe el impuesto sobre el patrimonio neto, que se puede articular, como el de la renta, en diferentes tramos y dotarlo del mínimo exento que se desee. Otra cosa es que mostremos nuestra ignorancia, nuestra falta de valentía o la incapacidad para arreglar el desaguisado cometido, por ejemplo, al haber cedido este tributo junto con el de sucesiones a las Comunidades Autónomas.
El impuesto sobre el patrimonio neto está inventado hace mucho. Surgió a finales del siglo XIX y principios del XX en una serie de países: Alemania, Holanda, Suiza, Suecia, Noruega, Dinamarca y Finlandia, todos ellos con modelos fiscales caracterizados por la preponderancia de la imposición directa y personal. Pero es después de la Segunda Guerra Mundial cuando el gravamen adquiere mayoría de edad en la hacienda pública y se perfecciona y generaliza su aplicación. La involución que desde los últimos años setenta tiene lugar en materia económica y social por fuerza habría de afectar de lleno a los sistemas fiscales y, más concretamente, a la imposición directa en la que el impuesto sobre el patrimonio tiene un puesto de honor. Será un tributo odiado por el neoliberalismo económico.
La introducción en la década de los noventa de la libre circulación de capitales en Europa lo condena a muerte. Con el argumento, fingido o real, de que promueve la evasión de capitales y de que es un obstáculo para captar inversión, va desapareciendo de todos los países. Austria lo elimina en 1993; en 1997, Alemania; Dinamarca en 1999; en 2000, los Países Bajos; Finlandia y Luxemburgo en 2006, y así sucesivamente.
Zapatero en 2008, después de afirmar que bajar los impuestos era de izquierdas, lo elimina en España. Siendo un impuesto transferido a las Comunidades Autónomas, el Estado se vio en la obligación de resarcirlas por una cantidad equivalente a lo que cada una de ellas venía recaudando por este gravamen. Es el mismo Zapatero el que lo recupera en 2011 (la yenka) y comete el error de entregarlo de nuevo a las Autonomías.
En la actualidad, en la Unión Europea solo España lo mantiene, pero jibarizado. Italia, Bélgica y Francia poseen un gravamen parcial sobre la riqueza que no se puede denominar en sentido estricto impuesto sobre el patrimonio neto. El hecho de que este permanezca en Europa, únicamente en Noruega y Suiza, países que no pertenecen a la Unión Europea, indica hasta qué punto la desaparición del impuesto ha ido unida a la falta de armonización fiscal en la Unión y cómo todos los países han utilizado este tributo para realizar dumping fiscal, y todos han argumentado que eliminaban el impuesto para defenderse del dumping fiscal de los otros.
Solo en la posibilidad, no sé si fingida o real, de la evasión de capitales es donde puede tener alguna razón de ser la argumentación acerca de eliminar el impuesto y no en la cantidad de sandeces que se oyen y se escriben en los medios de comunicación estos días.
El impuesto sobre el patrimonio tiene sentido tanto en un Estado liberal como en un Estado social. En el primero, porque una de las principales razones de su existencia es garantizar y defender el derecho a la propiedad y los bienes de los propietarios. No es de extrañar, por tanto, que Locke se convirtiese en el primer defensor de este impuesto, ya que parece lógico que sean precisamente los propietarios los que contribuyan en mayor medida a los gastos del Estado.
En un Estado social, porque entre sus finalidades esenciales se encuentra la de remover los obstáculos que se oponen a la igualdad efectiva. Una economía de mercado propicia la acumulación de capital y por esa razón las diferencias serán cada vez mayores y la desigualdad más acusada, si no se articula un sistema fiscal progresivo con impuestos potentes sobre la renta, sobre sucesiones y, por supuesto, sobre la riqueza y el patrimonio.
Los que tachan de injusto este impuesto a lo primero que acuden es a la teoría de la doble imposición. Afirman que se tributa dos veces porque los recursos que se pretende gravar han tributado ya en el IRPF. Dado el proceso circular de la renta, todos los impuestos estarían inmersos en este concepto. De acuerdo con esta visión tan estrecha solo podría existir un tributo. ¿Acaso no tendríamos que hablar de doble imposición en el IVA o en los impuestos especiales, ya que los recursos que dedicamos al consumo han sido previamente gravados en el impuesto sobre la renta? En el impuesto de transmisiones, ¿no son los mismos bienes los que se gravan en una serie indefinida de transacciones? ¿Y qué decir del impuesto sobre bienes inmuebles? Este sí que es un impuesto sobre el patrimonio, solo que generalizado, no progresivo, que recae en exclusiva sobre los bienes inmuebles, con lo que afecta principalmente a las rentas bajas.
Lo cierto es que un sistema fiscal justo y eficaz debe configurarse como un sólido edificio arquitectónico en el que las distintas figuras se entrelazan y recaen sobre aspectos distintos de una misma realidad, sin que eso signifique que exista doble imposición, sino mera complementariedad en los gravámenes. La suficiencia y la equidad de un sistema fiscal exigen una pluralidad de impuestos complementarios y debidamente armonizados, que graven las manifestaciones de capacidad económica de los ciudadanos, y pocas magnitudes indican mejor dicha capacidad que el patrimonio neto.
La segunda razón esgrimida por los detractores del impuesto para tildarlo de injusto es, cómo no, que recae exclusivamente sobre las clases medias, puesto que los contribuyentes de ingresos elevados se escapan de su gravamen mediante la creación de sociedades interpuestas. Si las grandes fortunas eluden tributos tales como el IRPF, patrimonio o sucesiones es únicamente porque el poder político se lo permite. Las sociedades no se encuentran flotando en el aire, tienen accionistas que pueden ser identificados con facilidad, y los valores de aquellas incorporarse al patrimonio de sus dueños. El Estado dispone de suficientes mecanismos para evitar la evasión o la elusión (para el caso, da lo mismo) de este impuesto, y establecer por otra parte un límite exento tan grande como se quiera, que hará que tributen únicamente aquellos con un patrimonio suficientemente alto.
Es más, precisamente el hecho de que la mayoría de las rentas altas tengan sus bienes materializados en sociedades aboga por la utilidad del impuesto de patrimonio. En el impuesto sobre la renta las ganancias de capital aparecen solo como ingresos -y, por lo tanto, gravados- cuando se realizan, con lo que la carga tributaria se puede diferir indefinidamente, si no lo evitan de alguna manera tanto el impuesto de patrimonio como el de sucesiones. Otra razón viene a respaldar el mantenimiento de un impuesto sobre el patrimonio, la existencia de determinados bienes de lujo o improductivos que no generan ingresos, y que por ello no serían nunca gravados en un impuesto sobre la renta.
Los detractores de este impuesto alegan también que ha quedado obsoleto. Por lo visto, ahora los tributos modernos e innovadores son los indirectos. Por ese camino puede que lleguemos a un gravamen tan simple y tan original como el de puertas y ventanas.
No son los defectos que supuestamente se atribuyen a este impuesto los que han ocasionado su desaparición, sino la globalización, la libre circulación de capitales y, sobre todo, la negativa de los mandatarios europeos a la armonización fiscal dentro de la Unión, quizás porque ello les permite crear sistemas fiscales cada vez más regresivos con el argumento de la evasión de capitales.
Por eso no se entiende muy bien que en España hayamos replicado esos errores a nivel regional, permitiendo al conceder autonomía normativa en materia fiscal a las Comunidades que se establezca entre ellas una competencia desleal. Pero menos se entiende aún, que sea desde el campo independentista desde donde ahora se levanten voces airadas por los efectos nocivos que han tenido estas transferencias y que pidan el retorno a la centralización bajo el eufemismo de la armonización. Y sobre todo es difícil de entender que desde Bruselas se muestren tan preocupados por la armonización fiscal en el interior de España cuando en materia fiscal existe en toda la Unión Europea un inmenso carajal, permitiendo que los países compitan de forma bochornosa por atraer inversiones a costa de minorar la imposición y hacerla más y más regresiva.
Pero dicho todo esto, creo que poco va a tener que ver con ello el nuevo impuesto que propone el Gobierno. Primero, es muy posible que no se lleve a cabo y que todo quede una vez más en un mero acto de propaganda. Difícil que pueda entrar en vigor el uno de enero, cuando está todo por hacer. Además, si al final se aplicase, existen todas las probabilidades de que sea una chapuza, lleno de contradicciones y efectos no queridos. No es tan sencillo inventar un impuesto coherente, y sobre todo tan precipitadamente y con tanta urgencia. En cualquier caso, pienso que su eficacia será mínima. Tendrá un carácter puramente simbólico.
Si de verdad se quiere tender hacia un sistema fiscal más justo, lo primero que habría que hacer, antes que nada, es reformar el impuesto sobre la renta devolviéndole su carácter personal y global, es decir, uniendo en una misma base imponible y tarifa todas las fuentes de renta, terminando con esa tremenda injusticia de que las rentas de capital soporten una menor carga fiscal que las remuneraciones del trabajo y además se reduzca la progresividad del impuesto al tributar de forma separada. Eso sí que sería una verdadera medida progresista y de izquierdas. Por eso Sánchez nunca la acometerá, y parece ser que Podemos, quizás por ignorancia, tampoco la reclama. Se conforma con que suba el tipo impositivo de las rentas de capital.
republica.com 29-9-2022